El Tribunal Supremo ha confirmado, con motivo de una demanda presentada por unos accionistas de la entidad, las falsedades que existían en el folleto con el que la entidad salió a bolsa en el año 2011.
Esto refirma la vía para demandar que ya tenían abierta los consumidores que fueron engañados a partir del año 2011, al serle colocadas las acciones de una entidad que en realidad estaba muy próxima a la quiebra y que, por tanto, su valor en bolsa era muy inferior al que se comunicó a los clientes.
Aunque todo depende de cada caso y la fecha de compra de cada accionista, para evitar riesgos de prescripción se recomienda que los afectados desde el año 2011 hasta la intervención del FROB en el año 2013 presenten su demanda no más tarde de los 4 años desde que se les comercializó y nunca más tarde del 2017.
Despacho Pozo ya ha presentado demandas por esta razón y anima a todos los afectados a reclamar, ya que esta sentencia facilita el éxito de cualquier demanda en circunstancias normales. Es tu dinero y te engañaron a sabiendas! No dejes de reclamar por miedo a los costes!dad estaba quebrada y de la que las acciones valían mucho menos que el precio anunciado.