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Accionistas de Bankia- PLAZO LIMITE PARA RECLAMAR POR LA SALIDA A BOLSA DE BANKIA – OCTUBRE 2020

logo bankiaDespacho Pozo continúa recibiendo a accionistas de Bankia a los que la entidad no devuelve su dinero alegando que, no concurrieron a la Salida a Bolsa sino que adquirieron sus acciones en un momento posterior.

Para todos ellos, Despacho Pozo recomienda que reclamen extrajudicialmente y por escrito a la entidad a la mayor brevedad posible y, si reciben respuesta negativa o no la reciben en el plazo de dos meses, procedan a reclamar cuanto antes porque ellos también han sido engañados al comprar las acciones.

El plazo límite es octubre de 2020 (5 años de plazo que dio la Ley de Enjuiciamiento Civil desde 2015 para las acciones personales).

Quiénes reclamaran por escrito a la entidad tras la salida a Bolsa, podrían ejercer además alguna acción distinta en su demanda, aunque ésta tiene plazos más breves y dependerá de cada caso

Histórica Sentencia de Despacho Pozo por preferentes de Catalunya Banc -Descárgala aquí mismo-

La Sentencia dictada por el Tribunal Supremo es la primera obtenida frente a la entidad Catalunya Banc. La entidad había colocado un "cóctel molotov" de productos (depósitos estructurados, subordinadas y preferentes) y pretendía hacer valer ese historial inversor contra su cliente

La Sentencia es importante también por su contenido por los siguientes aspectos:

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-Dossier de Prensa- Los medios se hacen eco del éxito del despacho

Todos los medios nacionales y especializados coinciden en el valor de la sentencia obtenida por Despacho Pozo frente a Catalunya Banc

 

El Mundo: http://www.elmundo.es/economia/2016/02/29/56d45d9ae2704e29598b4598.html

20 Minutos: http://www.20minutos.es/noticia/2685755/0/condena-catalunya/banc-preferentes/tribunal-supremo/

La Vanguardia: http://www.lavanguardia.com/politica/20160229/40101232194/primera-condena-catalunya-banc-preferentes.html

Reuters: http://es.reuters.com/article/topNews/idESKCN0W21ZF

Público: http://www.publico.es/economia/supremo-obliga-catalunya-banc-devolver.html

Expansión: http://www.expansion.com/agencia/efe/2016/02/29/21707247.html

Crónica Global: http://www.cronicaglobal.com/es/notices/2016/02/preferentes-el-supremo-condena-a-catalunya-banc-por-dar-informacion-insuficiente-34130.php

Aragón Radio: http://www.aragonradio.es/noticias/hemeroteca/el-supremo-condena-a-catalunya-banc-a-devolver-122647-euros-a-dos-preferentistas

 

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Los bancos esquivan los intereses negativos en las nuevas hipotecas: cláusulas suelo, tipos fijos y crecientes

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El frenazo en la caída del mercado inmobiliario en nuestro país y el repunte de las transacciones sobre todo con viviendas de segunda mano, va siempre de la mano de una recuperación en el crédito hipotecario ofrecido por las entidades financieras.

En esta ocasión, los Bancos, en su afán por recuperar la figura del crédito hipotecario tienen que lidiar con la situación actual de tipos bajos (en el momento del presente artículo el 0,04% que amenaza incluso con colocarse en negativo). Pues bien, dado que las hipotecas están referenciados a estos índices, ¿cómo se las están ingeniando las nuevas ofertas para que los bancos ganen dinero en esta actividad de crédito? Y, lo que es más importante… ¿cúanto hay de abusivo o de riesgo para el consumidor en estas actuaciones?

              a. Viejos abusos que volverán a traer consecuencias. Las hipotecas crecientes

Parece que no aprendemos y las entidades financieras están comercializando hipotecas crecientes, en las que se empieza con una cuota mensual baja que se va incrementando todos los años (...)

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EL AHORRO QUE VIENE A ANÁLISIS: LOS SIALP Y CIALP

La Reforma fiscal llevada a cabo por la Ley 26/2014, permitió el nacimiento de un nuevo instrumento de ahorro que, dadas las circunstancias actuales de los tipos de interés y la volatilidad de la Bolsa, puede tener cierta aceptación entre los ahorradores. Fundamentalmente por la rentabilidad que ofrece, la garantía del capital invertido a partir del quinto año, y por sus ventajas fiscales.

Son los denominados Planes de Ahorro a Largo Plazo y que han dado lugar a dos tipos de productos en función de quién los comercialice:
-Los SIALP (Seguros Individuales de Vida a Largo Plazo) si los comercializa una aseguradora
-Los CIALP (Cuenta Individual de Ahorro a Largo Plazo) si los comercializa un banco

a) Los SIALP
Es un producto de seguro-ahorro, unido a la supervivencia o fallecimiento del titular, el cual es a su vez beneficiario (o los herederos en caso de fallecimiento). No puede estar vinculado o relacionado a otro tipo de contingencias.

b) Los CIALP
Es un contrato financiero, unido a una cuenta bancaria que, por tanto, tendrá la protección del Fondo de Garantía de Depósitos.

Beneficios

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¿Soluciona la propuesta de Bankia el problema? Luces y sombras para los accionistas

Despacho Pozo informa sobre las luces y sombras de la propuesta lanzada por Bankia para la solución del problema

El Despacho, invita a reclamar a todos aquellos que, presentada o no la solicitud de solución, sean excluídos de la misma

Acabamos de conocer la propuesta que va a realizar Bankia para "solucionar definitivamente",en palabras de la propia entidad, el problema de ésta con los inversores minoristas que acudieron a la OPA de la entidad en el año 2011. A continuación, Despacho Pozo realiza una primera valoración de esta propuesta:

 Puntos oscuros o dudosos

-La solución propuesta hoy por Bankia, únicamente alcanzará a los accionistas que acudieron a la OPA, excluyendo a los que adquirieron las acciones pasado ese plazo. En definitiva, hay accionistas que compraron más tarde de la OPA en base a una información todavía falseada, tal y como ha constatado el Tribunal Supremo y que no estarían cubiertos por esta propuesta.

-La propuesta de solución, no explica cómo se rechazarán las solicitudes, si serán motivadas y si hay alguna instancia o forma para recurrirla, más allá de la propia oficina o del Servicio de Atención al Cliente.

-El acuerdo va dirigido a inversores minoristas. Habrá que comprobar que se realiza una interpretación amplia de este término y que no excluye a personas con una determinada cualificación o historial inversor, incluso a accionistas que compraron un determinado número de acciones.

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